Convalidación de módulos profesionales / Exención de FCT
Convalidación de módulos profesionales
NORMATIVA APLICABLE
QUÉ SE PUEDE CONVALIDAR
Importante: existen módulos LOE que son COMUNES a diferentes Ciclos Formativos. Cuando un módulo tiene el mismo código y el mismo nombre en diferentes ciclos formativos, no es sujeto de CONVALIDACIÓN, sino que se trata DEL MISMO MÓDULO. Por ejemplo, una persona que ha aprobado el módulo «0020 – Primeros auxilios» en el ciclo de Emergencias sanitarias con un 7, si empieza a cursar el ciclo de Farmacia y parafarmacia, se entiende que ya tiene aprobado el módulo «0020 – Primeros auxilios», con un 7.
Los módulos de Formación y orientación laboral y Empresa e iniciativa emprendedora, aunque se llaman de la misma forma en casi todos los ciclos, no tienen el mismo código, por lo que sí son sujeto de CONVALIDACIÓN.
Algunas convalidaciones las resolverá el director o directora del centro en el que te encuentres matriculado, por lo que la resolución del proceso es muy rápida. Otras, sin embargo, debe resolverlas el Ministerio de Educación y Formación Profesional, por lo que su trámite dura más tiempo.
CÓMO SE HACE LA SOLICITUD
La solicitud se dirige a la dirección del centro en el que te encuentres matriculado.
Debes aportar la siguiente documentación:
- Solicitud mediante Anexo V del Real Decreto 1085/2020.
- Certificado académico oficial de los estudios que aporta. Debe constar la calificación de cada módulo o asignatura.
- Además, si se aportan estudios universitarios:
- Programas oficiales de las materias cursadas, con sello de la Universidad, Y
- Certificación de la universidad en la que conste que los programas aportados son los realmente cursados por el alumno o alumna.
- Si se aportan Unidades de Competencia:
- Certificación oficial (acreditación de competencias), O
- Certificado de Profesionalidad
En tanto en cuanto no se resuelvan las solicitudes de convalidación o exención realizadas, el alumno deberá actuar como cualquier otro respecto a la realización de actividades y seguimiento del curso, siendo evaluado hasta el momento de la resolución.
Si la confirmación de la convalidación o exención es posterior a la evaluación final y desea que se considere ésta, se deberán realizar las diligencias oportunas para modificar la calificación en los documentos oficiales de evaluación.
Los módulos profesionales convalidados o exentos se reflejarán en los documentos oficiales de evaluación.
PLAZOS
Sólo puedes presentar una solicitud de convalidación por curso académico.
El plazo se inicia el primer día de curso y finaliza el último día del curso.
Exención de FCT
Podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de FCT por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia, correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionada con los estudios profesionales respectivos.
La experiencia laboral se acreditará mediante la siguiente documentación:
- Trabajadores por cuenta ajena: Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en elque ha realizado la actividad.
En el caso de que sea imposible obtener estacertificación, al acreditarse el cese de actividad de la empresa o cualquier otra causa que así lo justifique, se aportará certificación de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que se estuviera afiliado, donde conste la empresa, categoría laboral, grupo de cotización y el periodo de contratación.
- Trabajadores por cuenta propia: Certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas que hubiera realizado.
- Trabajos voluntarios y becarios: Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
La exención requiere la matriculación previa del alumno en un centro docente autorizado para impartir estas enseñanzas, quien resolverá esta solicitud en tiempo y forma.
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